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Juez ordena 3 días de arresto al ministro Carlos Holmes Trujillo y director de Policía Óscar Atehortúa

Nacional
Dec 10, 2020

Nacional. Tres días de arresto y una multa de dos salarios mínimo, es la sanción que impuso el juzgado promiscuo del circuito de Chinchiná, caldas, contra el ministro de defensa, Carlos Holmes Trujillo, y el director de la policía, general Óscar Atehortúa, quienes según el fallo judicial incurrieron en desacato de un fallo de tutela.

El hecho se presenta luego de una demanda interpuesta por Faiber Jahir Moreno Salazar, integrante de las fuerzas armadas de Colombia, para que se le otorgara el ascenso a teniente coronel, tras cumplir con todos los requisitos para dicho ascenso, sin embargo, su nombre no fue recomendado para realizar los cursos pertinentes y esto fue considerado por Moreno Salazar, como una violación a sus derechos y decidió presentar una tutela, pero supuestamente ésta no fue tenida en cuenta.

Al no ser aceptada la tutela, presentó una nueva demanda haciendo mención a que ni el Ministro de Defensa, ni el director de la Policía habían cumplido con la exigencia de la tutela, logrando así que el juzgado promiscuo del circuito de Chinchiná, Caldas, ordenara arresto contra el Ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, y del director de la policía Oscar Atehortúa.

El fallo señala: “A pesar de haber sido sometido al procedimiento de evaluación de trayectoria profesional para ser llamado al curso de ascenso, fue notificado el 25 de febrero de 2020 que su nombre no había sido recomendado para presentar el concurso previo al curso de capacitación para ascenso al grado de teniente coronel”.

Se lee en el fallo, que, mediante un auto del 30 de marzo de este año, se dispuso requerir previamente al general Atehortúa “para que cumpliera de manera inmediata la orden de tutela proferida el 26 de agosto de 2019; y a quien haga sus veces como superior del director de la Policía (Ministro de Defensa) para que procediera a hacerlo cumplir y si es del caso abra el correspondiente proceso disciplinario en su contra. Para lo anterior se les concedió el termino de dos días contados a partir de la notificación y en caso tal remitieran los documentos que soporten el cumplimiento a lo ordenado o indicar las razones de hecho y derecho por lo cual no se había acatado lo dispuesto”.

El documento también resolvió que no se sancionará al presidente Iván Duque por el desacato y que la decisión no es "susceptible de recurso alguno". 

Este es el fallo completo

Desacato Mindefensa | Policía | Derecho Constitucional (scribd.com)




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