Nacional. Hoy 20 de septiembre avanzó el proceso en contra de la compañía Cerro Matoso. La Corte Constitucional tumbó parcialmente una decisión que ese mismo tribunal había tomado hace unos meses. donde había ordenado a Cerro Matoso reparar a las comunidades afectadas por su operación.
En dicha sentencia la Corte ordenaba reparar a más de 3.500 personas por presuntos daños ocasionados por la explotación del níquel, hoy con una votación de 5 a favor y 2 en contra, se anuló parcialmente esta decisión de la Sentencia T-733 de 2017. "La Corte constató la violación del precedente en materia de requisitos para la procedencia de la indemnización de perjuicios en abstracto y así mismo, la carencia de motivación respecto a la creación del fondo y la sanción de suspensión de actividades", informó la corte.
La Sentencia T-733 de 2017, no solo pedía la indemnización de más de 3.500 personas, también contempla la consulta previa, la expedición de una nueva licencia ambiental, las cuales se mantienen tras la votación realizada el día de hoy.
En conclusión, la Corte tumbó la orden que se impartía para que Cerro Matoso pagara a los presuntos afectados el daño, anularon la orden para crear un fondo de etnodesarrollo y la orden de suspender las actividades extractivas en caso de que no se diera cumplimiento a la sentencia.
Es preciso anotar que la empresa interpuso incidente de nulidad contra la sentencia de la corte, aduciendo que la misma vulneró el derecho al debido proceso y no tuvo en cuenta algunas pruebas fundamentales que desvirtuarían la relación directa entre la operación y las enfermedades de los habitantes de las comunidades.