Montelíbano. El alcalde (e) de Montelíbano, Boris Zapata ha emitido el Decreto N° 0564 por medio del cual se decreta los días 19 y 20 de junio, como días Cívicos. Con el fin de unirse a la conmemoración de los 73 años de vida administrativa de Córdoba y la celebración de la Feria el Reinado Nacional de la Ganadería.
"EL ALCALDE ENCARGADO DE MONTELÍBANO En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 315 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 2 de la Constitución Política, las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades (...)
Que el artículo 70 de la Constitución Política dispone que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad".
(....) "Que el gobernador de Córdoba, a través del Decreto No. 00299 de 26 de mayo de 2025, declaró como días cívicos en el departamento de Córdoba, los días 19 y 20 de junio de 2025 con ocasión de la conmemoración de los 73 años de vida administrativa del departamento y la celebración de la Sexagésima Tercera (63) Feria Nacional de la Ganadería y Agroindustrial de Córdoba y el Reinado Nacional de la Ganadería".
(...) Que, en mérito de lo expuesto, se
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Declarar como días cívicos en el municipio de Montelíbano , los días 19 y 20 de junio de 2025, con el fin de unirse a la conmemoración de los 73 años de vida administrativa del departamento de Córdoba y la celebración de la Sexagésima Tercera (63) Feria Nacional de la Ganadería y Agroindustrial de Córdoba y el Reinado Nacional de la Ganadería.
ARTÍCULO SEGUNDO. Como consecuencia de la anterior declaración, no habrá actividades laborales durante los días los días 19 y 20 de junio de 2025 y, en consecuencia, se suspenden los términos de las actuaciones administrativas en estos días.
PARAGRAFO. Se exceptúan de la medida de suspensión de términos los procedimientos administrativos contractuales en todas sus etapas, actuaciones judiciales, presupuestales, de rentas y demás actuaciones que sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades prioritarias en la administración municipal.
ARTÍCULO TERCERO. Ordénese a la Oficina de Prensa y Comunicaciones de la Alcaldía divulgar el presente decreto a los empleados de la entidad y a la comunidad en general.
ARTÍCULO CUARTO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación".