- LA ASOCIACIÓN DE CAMPESINOS DEL SUR DE CÓRDOBA
- “ASCSUCOR”
- Nit. 900.575.888-5
- Integrante de la COORDINACIÓN AGROMINERA DEL NOROCCIDENTE Y EL MAGDALENA
MEDIO
- Filial al MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA
- EMITE
- DENUNCIA PÚBLICA
- ANTE LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
- Nro. 026
- Febrero 28 de 2.015
El Joven JADER ANDRÉS PATERNINA SAEZ, residía en la vereda la mulata, perteneciente
al corregimiento de San Juan, Municipio de Puerto Libertador (Córdoba) fue
ASESINADO con GLIFOSATO por el Estado Colombiano al aspersar sobre su
integridad física este VENENO MORTAL que usa el ministerio de defensa en cabeza
Juan Carlos Pinzón Bueno para combatir los cultivos de hoja de coca en el sur
de córdoba en consecución de la estrategia militar “nudo del paramillo cero
ilícitos” y desde luego afianzada por el plan nacional de territorios de
consolidación y en cumplimiento de lo pactado en el “Plan Colombia” con los
Estados Unidos.
ANTECEDENTES:
- Desde el 15 de febrero de 2.015 como ASCSUCOR hemos
emitido alertas tempranas ante los organismos de derechos humanos nacionales e
internacionales y desde luego ante los entes jurídicos pertinentes DENUNCIANDO
Y ALERTANDO los GRAVES DAÑOS que ocasionaba la aspersión aérea con glifosato
como método de exterminio de los cultivos mal llamados ilícitos. Estas alertas
tempranas intentaban salvaguardar la vida e integridad física de nuestros
campesinos y campesinas, sus cultivos lícitos y de sostenimiento familiar, la
protección de las aguas y fauna en general. (ALERTA TEMPRANA ASCSUCOR 024)
- Pese a que en el pliego de exigencias de la Cumbre
Agraria, en el punto 4 numeral 2 se exige un “programa de sustitución de cultivos social,
gradual, concertada, estructural y ambiental de hoja de coca, marihuana y
amapola que supere la puesta en marcha de programas de erradicación violenta y
aspersión con glifosato que atenta contra la vida digna de las comunidades
indígenas, afro descendientes y campesinos…”
y como proceso interlocutorio Cumbre Agraria – Gobierno se ha discutido
ampliamente el tema y se ha concluido que va en contravía de los derechos
campesinos y la dignidad de la ruralidad ajena a los cultivos mal llamados
ilícitos, en el Sur del Departamento de Córdoba en el mes de febrero se empezó
a practicar esta acción degradante del campo y la ruralidad colombiana.
HECHOS:
- 1)
El día 20 de febrero de 2.015 el joven JADER ANDRES PATERNINA SAEZ con
21 años de edad, mientras ejercía labores propias del campesinado cordobés;
como es labrar la tierra para poder sobrevivir y resistir bajo las condiciones
indignas a las que el gobierno somete al campesinado colombiano; de camino a
sus cultivos de pan coger sintió sobre volar una avioneta de la policía
antinarcóticos cerca de su humanidad; minutos después, cayó sobre su cuerpo
aspersión de veneno MONSANTO en la presentación química de glifosato.
- 2)
El día 21 de febrero de 2.015 en horas de la mañana JADER ANDRES
PATERNINA SAEZ debió ser traslado de urgencia pese a
las difíciles condiciones de acceso terrestre en la zona rural por sus
familiares ya que no podía respirar y presentaba serias dificultades en su
salud tras la suministración aérea de GLIFOSATO, fue llevado al centro de salud
más cercano, en concurrencia de ello también fue víctima del “paseo de la
muerte” hasta que falleció el mismo 21 de febrero.
- 3) El cadáver de JADER ANDRES PATERNINA SAEZ fue
trasladado hasta las instalaciones de medicina legal en donde aun reposa a la
espera del dictamen del deceso.
- 4)La querella jurídica fue instaurada ante la
Defensoría del Pueblo Regional Córdoba a cargo del Doctor Víctor Castilla desde
donde se supone se harán todos los recursos jurídicos y requerimientos
judiciales a que haya lugar para que se responsabilice y condene a los
responsables de este crimen, que a nuestro criterio, pese a que debe
individualizarse hay un responsable implícito y es el ministro de defensa
nacional, señor Juan Carlos Pinzón Bueno.
ANTE ESTE
ACTO TERRORISMO Y CRIMEN DE ESTADO
EXIGIMOS:
- Con base al REPUDIABLE Y CONDENABLE
hecho de muerte del joven JADER ANDRES PATERNINA SAEZ a causa del toxico glifosato emitido
por las avionetas enviadas por la Dirección antinarcóticos de la policía
nacional en ejecución del “Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos
mediante Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (Pecig)”
- 1)
La aspersión con glifosato sea suspendida de manera inmediata en el sur de
córdoba
- 2) Qué
el marco jurídico de la aspersión con glifosato (Resolución 013 del 27 de junio
de 2003) la cual dispuso que el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos
con el herbicida Glifosato – PECIG – , a cargo de la Policía Nacional-Director
Antinarcóticos, asperse en todas las regiones del país donde se evidencie
presencia de cultivos ilícitos sea re analizada en el marco de la victimización
que esta procede contra campesinos y campesinas, y en general contra la
población que sobrevive en la ruralidad, así también los daños irreparables que
causa a la flora y fauna.
REQUERIMOS:
- 1) Al
ministro del Interior y de Justicia, Doctor, JUAN FERNANDO CRISTO, solicitar y
exhortar a los organismos de gobierno nacional, departamental y del municipio
de puerto libertador brindar la atención y acompañamiento necesario y urgente a
los familiares del joven JADER ANDRES PATERNINA SAEZ.
- 2) Al
Defensor del Pueblo Nacional, Doctor, JORGE ARMANDO OTALORA GOMEZ implementar
las medidas necesarias en el marco del derecho constitucional colombiano a fin
de garantizar la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición de
cara a este crimen de estado.
- 3) Al Coordinador Residente y Humanitario de la
Oficina de las Naciones Unidas en Colombia, Señor, FABRIZIO HOCHSCHIL y al
Consejero Presidencial de DD.HH y DIH, Doctor, GUILLERMO RIVERA FLOREZ:
- Instar de manera urgente a quienes competa
implementarlas medidas necesarias para que se valide la muerte por
envenenamiento con el toxico glifosato que ha de ser declarado por medicina
legal y por ende exhorten el debido proceso jurídico-judicial a fin de que la
justicia y el orden prevalezcan en la república de Colombia y de igual modo
hagan un seguimiento estricto a las medidas que asuman las entidades y
organismos competentes.
- 4) Al
Procurador disciplinario delegado para los Derechos Humanos, Doctor, RAFAEL
JOSE DURAN MANTILL y Al Fiscal General de la Nación, Doctor, EDUARDO
MONTEALEGRE LYNETT.
- Requerir y adelantar las investigaciones judiciales
necesarias para individualizar los actores de esteCRIMEN DE ESTADO y
generar las judicializaciones pertinentes.
CON COPIA A:
- CONSEJERIA
PRESIDENCIAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS Y DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO.
- Vicepresidencia de la República
- Calle 7 No. 6 – 54 Bogotá D.C. – Colombia
- Teléfono (57 1) 595 1850 Fax: (57 1) 566 2064 – 334
1817
- E-mail: PPDH@PRESIDENCIA.GOV.CO
- OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO
DE
- NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
- Calle 113 No. 7-45 Torre B Oficina 1101
- Edificio TeleportBussines Park – Bogotá, Colombia
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(57-1) 629 3637
- E-mail: OACNUDH@HCHR.ORG.CO