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Cambios en el sistema de Salud, qué servicios y tecnologías no serán costeadas con recursos públicos.

Nacional
Feb 20, 2017

Nacional. El ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, en cumplimiento de lo establecido por la Ley Estatutaria de Salud, presentó la metodología para determinar qué servicios y tecnologías no serán pagados con recursos públicos. Done

La Ley Estatutaria de Salud se estableció que el Estado garantizará la prestación de servicios y tecnologías de manera completa y “sobre una concepción integral de la salud, que incluya su promoción, la prevención, la paliación, la atención de la enfermedad y rehabilitación de sus secuelas”.

Sin embargo, ordenó al Ministerio de Salud adoptar un procedimiento técnico-científico para determinar qué servicios y tecnologías no podían ser financiados con recursos públicos por seis posibles motivos: que sean cosméticos, que estén en fase de experimentación, que no fueran seguros y efectivos, que no tengan efectividad clínica, que no estuvieran aprobados por el Invima o se prestaran en el exterior.

La resolución presentada por el titular de la cartera de Salud establece un mecanismo que consta de cuatro fases e involucra a todos los actores del sistema de salud, tal como lo ordenó la Ley.

La primera fase ha sido denominada “fase de nominación y priorización”. En esta, cualquier actor del sistema, previamente inscrito en la página web del Ministerio, podrá considerar que determinada prestación no debería ser pagada con recursos públicos u objetar que si debería ser financiada con estos.

La Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud del Ministerio estudiará, entre otros aspectos, los posibles conflictos de intereses del nominador, si aplican los criterios de exclusión, si existen alternativas terapéuticas, o si la tecnología nominada es riesgosa.

Las nominaciones solo se podrán hacer dentro de dos periodos: enero-febrero y junio-julio, aunque para 2017 se harán hasta el 31 de marzo. De acuerdo con la resolución, todas las nominaciones y objeciones serán públicas.

La segunda fase llamada “fase de análisis técnico científico”, estará principalmente a cargo del el Grupo de Análisis Técnico-Científico, con el apoyo del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS). El objetivo en esta etapa es emitir un concepto y recomendación sobre la conveniencia o pertinencia de declarar una tecnología excluida.

El Grupo de Análisis estará conformado por expertos independientes de alto nivel, provenientes de asociaciones de profesionales de la salud, las federaciones de profesionales de la salud, la Academia Nacional de Medicina, la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina (Ascofame), y otros colegios de profesionales.

Si el proceso sigue adelante pasará a la tercera fase “fase de consulta a pacientes potencialmente afectados y ciudadanía”, que contará con la participación directa y representativa de los pacientes potencialmente afectados y de la ciudadanía. Como garantes de la transparencia del proceso estarán las veedurías ciudadanas en salud y la Defensoría del Pueblo.

La fase final “fase remisión del concepto técnico científico y de la recomendación”. Como su nombre lo indica, en esta se remitirá al Ministerio de Salud y Protección Social el concepto y recomendación emitido por el Grupo de Análisis Técnico-Científico y el consolidado de las opiniones de los pacientes y la ciudadanía, que deberán publicarse en la web del Ministerio.

 




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