El día de ayer se presentó oficialmente por parte del presidente Juan Manuel Santos la ley 1788, en el marco del “Día del trabajador doméstico", dicha ley beneficiará con la prima laboral a 725 mil empleados del servicio doméstico, de las cuales el 95 % son mujeres.
Ante la puesta en marcha de esta ley el presidente Santos afirmó, “los empleadores deben entender que ellos no les hacen un favor a sus empleados, a sus empleadas, es una relación igualitaria, de mutuo beneficio. Hay que reconocerlos como trabajadores, no como amigos, no como protegidos, no como conocidos. Hay que respetarles sus derechos, los mismos que tiene cualquier trabajador de Colombia”.
El 9 de julio pasado Santos sancionó esta ley que permite a los trabajadores de servicios domésticos, que también beneficia a conductores de familia, trabajadores por días y trabajadores de finca, con el derecho del pago de prima de servicios.
“Un paso muy importante en algo que este Gobierno ha querido hacer, en forma permanente desde el primer día (...): buscar cómo se garantizan, cómo se respetan los derechos fundamentales de todos los colombianos. Y los derechos de los trabajadores domésticos pues son algo muy muy importante” Santos
De acuerdo con la nueva normativa, el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
La Ley 1788 ordena crear una Mesa de Seguimiento a la implementación del Convenio 189 de la OIT sobre trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, la cual se reunirá periódicamente y tendrá por objetivo formular y desarrollar –de manera concertada entre el Gobierno, los empleadores y las organizaciones de trabajadoras y trabajadores–, políticas públicas con la finalidad de promover el trabajo decente en el sector del trabajo doméstico remunerado, y en general hacer seguimiento a la implementación de dicho Convenio.